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Gratificaciones en julio, lo que debe saber

por Dr. Germán Lora A.
MG. en Derecho de Empresa PAYET | REY | CAUVI Abogados

Dentro de los primeros quince días de julio, las entidades empleadoras tienen la obligación de pagar a sus trabajadores la gratificación de Fiestas Patrias. A continuación, un breve resumen sobre los principales alcances del referido beneficio que todos esperamos:

Para tener derecho a la gratificación es requisito que el trabajador se encuentre efectivamente laborando durante la primera quincena de julio, estar disfrutando de su descanso vacacional, encontrarse en licencia con goce de remuneraciones o percibiendo subsidio de la seguridad social o por accidentes de trabajo.

El monto de la gratificación equivale a la remuneración que percibió el trabajador al 30 de junio del presente año.

Se entiende como remuneración, a la remuneración básica y todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador en dinero o en especie como contraprestación de su labor, cualquiera sea su origen o la denominación que se les dé; siempre que sea de su libre disposición. Se excluyen los conceptos contemplados en el artículo 19º de Ley de CTS.

En el caso de los trabajadores que perciban remuneraciones imprecisas (comisionistas), el monto del beneficio se calculará en base al promedio de la remuneración percibida en los últimos seis (6) meses anteriores al 15 de julio del presente año.

La gratificación equivale a una remuneración íntegra si el trabajador ha laborado durante el semestre respectivo. Si el periodo de servicios fuera menor, el monto del beneficio se reducirá en forma proporcional a los meses calendarios efectivamente laborados ; es decir no se toman en consideración los días.

El semestre a tomar en cuenta para el cálculo del monto de la gratificación lo constituye el período comprendido entre el 1 de enero y 30 de junio de 2005. Finalmente, la gratificación deberá ser abonada en la primera quincena del mes julio. Este plazo es indisponible para las partes.

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sobre el autor

Germán Lora es Abogado por la Universidad de Lima, con especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Posee un Post grado en Derecho del Trabajo, por la Universidad de Salamanca - España y un Master en Derecho de la Empresa or la Universidad de Navarra - España. Actualmente es Abogado Asociado Señor, encargado del Área Laboral de Payet Rey Cauvi Abogados y Consultor externo de la Organización Internacional del Trabajo - OIT para el Programa de Fortalecimiento del Sistema de Administración del Trabajo - FORSAT

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Deisy escribe:

si ingrese el 12 de enero 2009 como se calcula mi gratificacion de fiestas patrias

Eder Carrera Ventura escribe:

la empresa en donde laboro me paga s/595.83 cuanto me corresponde mi gratificacion de julio gracias

Viviana Gomez Navarro escribe:

Buenos dias me podria enseñar a calcular mi gratificacion si gano 1400 mensuales y comenze a trabajar el 21 de Mayo del 2009 gracias por adelantado

Hanz Regis Vela Quispe escribe:

LA EMPRESA ESTA OBLIGADA POR LA LEY A DEPOSITAR LA GRATIFICASION ANTES O COMO PALSO LIMITE EL 15 DE ESTE MES Y SI NO LO HASE QUE PUEDO YO ASER AL RESPECTO

Luisa escribe:

gano 1400 me corresponde de gratificacion el mismo monto o menos

Javier escribe:

La empresa en que laboro me paga un porcentaje adicional, esto en parte para no considerarlo como sueldo basico, en la boleta respectiva aparece por concepto de viaticos+B. Transporte, esto montos aparecen siempre siendo el equivalente a 20% de mi sueldo basico, estos montos estan sujetos a descuentos de quinta categoria y afp, pero cuando se trata de gratificaciones, cts y liquidaciones no lo consideran, esta bien lo que estan haciendo, es decir deberian de considerarlo?

Eduardo escribe:

como se computan la fraccion de cada mes trabajado para calcular la gratificacion?, y de que apartir de que mes se toman en cuenta para calcular la gratificacion

Jose escribe:

No entiendio se dice que la gratificacion es Integra?? no va a estar afeco a ningun descuento :S ONP ,AFP, Essalud, Renta 5 ??? Esa es mi duda ????

Romina escribe:

quisiera saver como se calcula una gratificacion, por ejemplo de un trabajador que gana S/1200 y a trabajado 3 meses y 12 dias. gracias, si me podrias ayudar

Gladys escribe:

La gratificacion se da de manera integra? no esta afecta a ningun descuento?

Manuel escribe:

quisira saber sobre la gratificacion yo doy recibo por honorario por un monto de1800 mensual laboro ya un año y dos meses recibo yo gratificacion tengo ese derecho y cuanto me corresponde gracias

Elena escribe:

yo empese a trabajar el 02 de junio me corresponde la gratificacion en vista que el 1 era domingo gracias

Liliana escribe:

QUISIERA SABER CUANTO ME CORRESPONDE DE GRATIFICACION SI MI REMUNERACION FIJA ES 650 SIN DESCUENTOS CUANTO ME CORRESPONDE SI INGRESE EL 1 DE FEBRERO DE ESTE AÑO

Rodrigo Castillo escribe:

hola bueno primero que nada el tema que quiero que me expliquen sobre la gratificacion anual, me retire de mi empresa en agosto de 2007 y se me quedo debiendo la gratificacion de ese año ya que ese mismo año me hicieron un anexo de contrato que la gratificacion iba a ser anual bueno fui a la inspeccion y me dijieron que se cancelaba en junio pero no me dijieron que tenia que hacer una reserva de derecho sin eso no opto a cobrar mi gratificacion, esa es mi pregunta y cuales son mis beneficios porque ni mi empleador me lo señalo ni la inspeccion, quisiera saber porfavor. Arica Chile.

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